Transcripción de cartas en las que se expone la causa que sigue el Obispo de Concepción con el Obispo de la ciudad vecina respecto al territorio situado al otro lado del río Maule, cuestión que generó disputas sobre jurisdicción y límites eclesiásticos.
El documento fechado el 1 de abril de 1728 adjunta una carta del 3 de noviembre de 1555, en la cual se menciona cómo el alcalde Francisco de Castañeda tomó posesión de las tierras de Concepción, previamente señaladas por Pedro de Valdivia. Asimismo, la carta del 7 de mayo de 1729 incluye como anexo una carta del 14 de noviembre de 1552, donde se establecen los límites de la ciudad de Santiago.
Finalmente, se conserva un testimonio sin fecha de Pedro de Córdoba y Figueroa, en el cual se le formularon preguntas relacionadas con documentos, límites y la historia de la ciudad de Concepción.
Transcripción de autos enviado por el Obispo de la Concepción, Francisco Antonio de Escandón, para el Rey de España, Felipe V. El Obispo comunica a Su Majestad la publicación de edictos y el aviso solemne de la ceremonia que marca el inicio de sus visitas pastorales. Con fecha 10 de febrero de 1727, se da cuenta del escrutinio secreto formado por el propio obispo, compuesto de quince preguntas destinadas a indagar sobre la disciplina y el orden eclesiástico. El día 11 de febrero se detalla el interrogatorio realizado al testigo Juan Constanzo de Aguirre, cura rector, así como a Antonio Bello, Pedro Rovira, Nicolás de Alderete y José García Sobarzo, quienes fueron llamados a declarar en el marco de dichas visitas. En auto fechado el 16 de febrero de 1727, el obispo declara confirmado el desorden y la falta en el coro y en el culto divino, señalando la necesidad de corrección. Posteriormente, en auto del 20 de febrero, se exige aumentar el número de ministros y se ordena de manera estricta la organización de las misas, determinando con precisión los ministros que participarán y la renta que se asignará a cada uno. El 21 de febrero se notifica a los prebendados lo dispuesto en el auto anterior, reafirmando la autoridad episcopal. Finalmente, en auto del 24 de febrero de 1727, el obispo ordena a su secretario reunir toda la información obtenida en la visita y remitirla al rey, con el propósito de mantener informada a la Corona sobre el estado de la Iglesia y sus necesidades.
Este conjunto de disposiciones refleja el celo pastoral del Obispo Escandón y su empeño en restablecer el orden y la disciplina, al tiempo que manifiesta su fidelidad y obediencia al monarca.
Transcripción de edicto enviado por el Obispo de la Concepción, Francisco Antonio de Escandón. El Obispo hace saber que se han observado prácticas contrarias al orden eclesiástico, consistentes en la celebración de bautizos en casas particulares bajo el pretexto de que los niños se hallan enfermos, siendo tales excusas inciertas y sin fundamento. En consecuencia, se decreta la pena de excomunión para los eclesiásticos que administren dichos sacramentos fuera de los templos, así como para los padres, amos o personas responsables de los niños que consientan en tales actos. Del mismo modo, se establece la misma pena de excomunión para quienes se hayan desposado de manera privada, sin la debida solemnidad y autorización de la Iglesia. Con este edicto se reafirma la autoridad episcopal y se busca preservar la integridad de los sacramentos, evitando abusos y prácticas que atenten contra la disciplina eclesiástica.
Escandón, Francisco Antonio de